sábado 11 julio 2020 6:39 PM
Redactor : Luis Olan
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no invalidar la modificación a la Norma Oficial Mexicana que facilita a las mujeres y niñas víctimas de violación el acceso a la interrupción legal del embarazo.
‘La modificación prevé que: basta con la solicitud por escrito de la víctima y no se necesita permiso de una autoridad’, indicó a través de redes sociales la SCJN.
La Corte determinó no invalidar la modificación a la NOM que facilita a las mujeres y niñas víctimas de violación el acceso a la interrupción legal del embarazo. La modificación prevé que: basta con la solicitud por escrito de la víctima y no se necesita permiso de una autoridad. pic.twitter.com/tYZp3vAGVo
— Suprema Corte (@SCJN) July 9, 2020
Además, la Corte explicó que las niñas menores de 12 años que requieren el aborto, lo pueden solicitar a través de sus padres, madres o tutores.
También se explicó que los médicos, doctores y demás personal del hospital donde se realice, no están obligados a verificar el dicho de la víctima, es decir, no se requiere una prueba para realizar el procedimiento, solamente la petición de la persona.
Fuente: SCJN/PolíticoMx/laor/Foto:Archivo
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